El objeto del procedimiento es la solicitud de instalaciones deportivas municipales para usos puntuales para organizar actividades deportivas para terceros, exhibiciones, competiciones o espectáculos deportivos cuya autorización sea de competencia municipal.
👥 ¿Quién puede solicitarlo?
📅 ¿Cuándo solicitarlo?
📍 Se autorizarán o denegarán motivadamente mediante Resolución de la Alcaldía que estará supeditada a su presentación en tiempo y forma, con la documentación exigida, así como a la disponibilidad de las instalaciones.
💻 SEDE ELECTRÓNICA
⚠️ Recuerde que si es un sujeto obligado, según lo que establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tiene la obligación de hacer uso de medios telemáticos y, por tanto, no se admitirá su solicitud de manera presencial.
🏢 PRESENCIALMENTE
⚠️ Solamente podrán presentar el trámite de manera presencial, las personas físicas.
Con carácter general:
Todas las solicitudes se presentarán conforme al modelo oficial dentro del plazo establecido, acompañadas de la documentación exigida en la Ordenanza Municipal, e indicando el espacio deportivo concreto solicitado así como los horarios, grupos y actividades propuestas.
En el caso de tramitación presencial:
⚠️ Solamente podrán presentar el trámite de manera presencial las personas físicas.
📄 En el caso de actuar por medio de representante:
CONCEJALÍA DE POLÍTICAS DEPORTIVAS
OAC - OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA