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GT-IBI Solicitud Bonificación o Exención por otras causas

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GT-IBI Solicitud Bonificación o Exención por otras causas

SOLICITUD BONIFICACIÓN / exención EN EL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA (i.B.I.) por otras causas

Puede solicitarse mediante este trámite :

La bonificación por:

  • Viviendas de protección oficial y las equiparables a éstas según la normativa de la Comunidad Autónoma.
  • Inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria, de obra nueva o rehabilitación equiparable.

La exención por:

  • Inmuebles destinados a la enseñanza por centros docentes acogidos al régimen de concierto educativo.

información

  • Bonificación por vivienda protegida 
    • La bonificación es del 50 % en la cuota del impuesto, durante los tres periodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva de la vivienda.
    • Se concede a petición de la persona interesada.
    • Puede efectuarse en cualquier momento anterior a la terminación de los tres periodos impositivos de duración de aquella.
    • Surte efectos desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite.
  • Bonificación por empresa de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria
    • La bonificación es del 50 % en la cuota del impuesto, desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se inicien las obras hasta el posterior a su terminación, sin que exceda de tres periodos impositivos.
    • Se concede a petición de la persona interesada.
    • Se debe solicitar antes del inicio de las obras.
    • Una vez concedida la bonificación, deberá aportarse el certificado de inicio de las obras para determinar el inicio en la aplicación de la bonificación y posteriormente, el certificado final de las obras para determinar el fin en la aplicación de la bonificación, sin que la bonificación pueda exceder de tres periodos impositivos.
  • Exención por centro docente concertado
    • La exención se aplica sobre la superficie afectada a la enseñanza concertada.
    • Se concede a petición de la persona interesada.

FORMAS DE PRESENTACIÓN

  • SEDE ELECTRÓNICA
    • Si dispone de certificado digital
      • La persona interesada podrá realizar este trámite a través de esta Sede Electrónica.
      • Puede consultar los certificados admitidos en el apartado CERTIFICADOS DIGITALES ADMITIDOS de la sede electrónica.
      • En el trámite deberá indicar la modalidad elegida para la notificación.
    • Si no dispone de certificado digital
      • La persona interesada podrá realizar este trámite electrónicamente accediendo con un correo electrónico.
      • Una vez registrada la solicitud deberá personarse en el registro del Ayuntamiento de l’Eliana especificado en este trámite, en un plazo máximo de 5 días para proceder a su firma.
  • PRESENCIALMENTE
    • La persona interesada podrá presentar su solicitud en el registro del Ayuntamiento de l’Eliana especificado en este trámite, o cualquier otro de los previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

documentación a aportar

  • Bonificación por vivienda protegida 
    • Calificación definitiva de nueva construcción (copia).
  • Bonificación por empresa de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria
    • Alta o declaración censal en el impuesto sobre actividades económicas, que habilite el ejercicio de la actividad de empresa urbanizadora, constructora o promotora en l'Eliana (copia).
    • Balance de situación de las cuentas anuales del primer ejercicio cerrado tras la adquisición del inmueble (copia).
      • El documento se debe aportar cuando el inmueble ha sido adquirido en ejercicio anterior al que se solicita la bonificación.
    • Certificación del libro de inventario del capitulo de las existencias, con la debida desagregación en la que figure el solar adquirido relativo a la misma fecha que el balance de situación, con la oportuna aclaración en caso de diferir su cuantía (copia).
    • Certificado de inicio de las obras expedido por técnico/a competente (copia).
      • El certificado se aportará una vez concedida la bonificación para determinar el inicio de su aplicación
  • Exención por centro docente concertado
    • Certificado de la Administración educativa, acreditativo de la calidad de centro concertado, asignable a los edificios e instalaciones destinadas directa y exclusivamente a las actividades docentes objeto de exención (copia).
    • Informe de la Dirección General del Catastro acreditativo de las superficies de los edificios o conjuntos urbanísticos adscritos exclusivamente a la actividad educativa o a servicios complementarios de enseñanza (copia).
  • En el caso de tramitación presencial:
    • Modelo de Solicitud (únicamente para tramitación presencial)
      • El modelo de solicitud para tramitación presencial podrá descargarlo en el apartado DOCUMENTACIÓN.
    • Acreditación de la identidad (NIF, NIE, pasaporte, otros).
  • En el caso de actuar por medio de representante:
    • Modelo de Representación (únicamente si actúa por medio de representante)
      • El modelo de representación podrá descargarlo en el apartado PLANTILLAS DE DOCUMENTOS A PRESENTAR.
      • Debe adjuntar la documentación que se indica en el mismo y firmarlo.

plazo de presentación

  • Bonificación por vivienda protegida
    • En cualquier momento anterior a la terminación de los tres periodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva
  • Bonificación por empresa de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria
    • Antes del inicio de las obras.

RESOLUCIÓN

  • Órgano que resuelve: 
    • Alcaldía
  • Plazo resolución: 
    • 6 meses
  • Silencio: 
    • Negativo. Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta por parte de la administración la solicitud se debe entender desestimada.

NORMATIVA

preguntas frecuentes

  • ¿Es imprescindible que la empresa de urbanización, construcción o promoción sea sujeto pasivo del impuesto para poder aplicar la bonificación?
    • Sí, es requisito imprescindible, la empresa debe ser titular del impuesto.

información de contacto

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN TRIBUTARIA

  • Dirección: Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia)
  • e-mail: gestiontributaria@leliana.es
  • Tlf: 962758030 – ext. 232

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE L'ELIANA - P4611800F
Plaça del País Valencià, 3
46183 l'Eliana (Valencia)
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