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AE-Apertura de actividad mediante declaración responsable (Ley 14/2010)

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AE-Apertura de actividad mediante declaración responsable (Ley 14/2010)

Documento subscrito por un titular o prestador en el cual manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para la organización de un espectáculo público o actividad recreativa y/o para la apertura de un establecimiento público, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de aquellos.

La declaración responsable, efectuada de acuerdo con lo establecido en la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, habilitará, de acuerdo con los requisitos procedimentales previstos, para el ejercicio de los espectáculos públicos y actividades recreativas indicados en ella.

Para la realización de otro u otros diferentes a los manifestados se requerirá de declaración específica para ello.

Formas de presentación

  • SEDE ELECTRÓNICA
    • Si dispone de certificado digital
      • Puede identificarse en esta sede electrónica y registrar su solicitud pulsando el botón Nueva Instancia.
      • Una vez registrada debe firmar tu solicitud con su certificado digital.
    • Si no dispone de certificado digital
      • Puede identificarse en esta sede electrónica y registrar su solicitud pulsando el botón Nueva Instancia, pero no podrá firmarla digitalmente.
      • Una vez registrada deberá firmar su solicitud presencialmente en la OAC (Oficina de Atención Ciudadana) - Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia), en un plazo máximo de 10 días. 
      • Para ello, deberá ir provisto únicamente de su documento de identidad e indicar que desea firmar esta entrada de registro (número de registro). No es necesario que imprima nada.
    • Recuerde que si usted es un sujeto obligado según lo que establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas tiene la obligación de hacer uso de medios telemáticos y por tanto no se admitirá su solicitud de manera presencial.
  • PRESENCIALMENTE
    • Puede registrar su solicitud en:
      • OAC (Oficina de Atención Ciudadana) - Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia)
      • Cualquier otro de los previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación a aportar

Con carácter general:

  • Declaración responsable de apertura de actividad (se cumplimenta mediante este trámite).
  • Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante (si no se acredita mediante el certificado digital):
    • Sociedades: escritura de constitución de la misma, y acreditación de la representación de quien firma la solicitud.
    • Personas físicas que actúen en nombre y representación: acreditación de la representación de quien firma la solicitud.
    • Comunidad de bienes: contrato constitutivo de dicha comunidad, suscribiendo la instancia la totalidad de la comunidad o quienes ostenten la representación de esta, siempre que acredite dicha representación.
  • Declaración censal
    • Alta o modificación en el censo de empresarios profesionales, retenedores (modelo 036 o 037) en la que consta la actividad objeto de solicitud de licencia o documento equivalente (a consultar en Delegación de Hacienda).
  • Contrato de alquiler del local o copia simple de la escritura de propiedad.
  • Justificante del Ingreso de la Autoliquidación que exige la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos (TLA).
    • 500% de la base imponible (la base imponible estará constituida por la cuota recogida en el anexo I del Real Decreto 1175/1990, de 28 de septiembre en la que resulte encuadrable la actividad para la que se solicite la licencia de apertura).
    • Puede acceder a la autoliquidación desde este enlace: TLA
  • Justificante del Ingreso de la Autoliquidación que exige la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Gestión de Residuos Urbanos (TGRU) 
    • Puede acceder a la autoliquidación desde este enlace: TGRU
  • Certificado acreditativo de suscripción de contrato de seguro de responsabilidad civil 
    • Según el Modelo de Certificación del Seguro de Responsabilidad Civil (Anexo I Reglamento – Decreto 143/2015) que podrá descargarlo en el apartado DOCUMENTACIÓN.
    • Los capitales mínimos que deberán prever en consideración al aforo máximo autorizado será:
      • Aforo de hasta 25 personas: 150.000 euros.
      • Aforo de hasta 50 personas: 300.000 euros.
      • Aforo de hasta 100 personas: 400.000 euros.
      • Aforo de hasta 200 personas: 500.000 euros.
      • Aforo de hasta 300 personas: 600.000 euros.
      • Aforo de hasta 500 personas: 750.000 euros.
      • Aforo de hasta 700 personas: 900.000 euros.
      • Aforo de hasta 1.000 personas: 1.000.000 euros.
      • Aforo de hasta 1.500 personas: 1.200.000 euros.
      • Aforo de hasta 5.000 personas: 1.800.000 euros.
  • Proyecto de actividad y/o obra o Memoria Técnica, redactado y suscrito por técnico competente y visado (en los casos previstos en el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio) que incluya suficiente información sobre la descripción detallada de la actividad y las fuentes de las emisiones a la atmósfera, al agua y al suelo, los sistemas correctores y las medidas de prevención y, cuando ello no sea posible, de reducción de dichas emisiones, así como los aspectos de competencia municipal relativos a ruidos, vibraciones, calor, olores y vertidos al sistema de saneamiento o alcantarillado municipal y, en su caso, los relativos a incendios, accesibilidad, seguridad, sanitarios y cualesquiera otros de conformidad con la Homologación de Normas Subsidiarias de l’Eliana.
    • El proyecto deberá incluir:
      • Memoria descriptiva de la instalación y la actividad, en la que se incluirá:  
        • Titular de la actividad.
        • Objeto de la actividad: datos relativos a la descripción de la actividad a desarrollar, recursos humanos, materiales, mobiliario, almacenamiento, instalaciones sanitarias, electricidad, fontanería, climatización, servicios que presta, procesos de producción, maquinaria, herramientas y cualquier otra incidencia que se estime conveniente.
        • Descripción de local: emplazamiento, situación respecto al edificio donde se ubica, usos de los locales colindantes, año de construcción del edificio, superficie, usos de distintas dependencias.
      • Anexos de justificación de cumplimiento de la normativa básica que le es de aplicación: 
        • Homologación de normas subsidiarias de l'Eliana.
        • Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y Control ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana.
        • Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.
        • CTE/DB/SI, CTE/DB/SUA, CTE/DB/HR.
        • Ley 1/1998, de 5 de mayo, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y de la Comunicación y Decreto 39/2004, que la desarrolla.
        • Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana de Protección contra la Contaminación Acústica y Decreto 266/2004, que la desarrolla, incluyendo la realización de estudio acústico, según artículo 36 de la citada Ley.
        • Ordenanza de Seguridad e Higiene en el Trabajo de 9 de marzo de 1971 y R.D. 486/1997, de 14 de abril R.D. 486/1997, de 14 de abril, por la que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo y toda la reglamentación sanitaria que le sea de aplicación.
        • REBT aprobado por R.D. 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión incluyendo la presentación de esquema unifilar.
        • Este listado no exime del cumplimiento de la normativa específica que le sea de aplicación a la actividad en concreto.  
      • Planos (realizados por técnico competente y visados por el Colegio Oficial correspondiente):
        • Plano de emplazamiento de la actividad.
        • Plano de sección que recoja y acote distintas alturas libres del local.
        • Plano de planta en el que se grafíen todos los elementos del local y de la actividad que en el mismo se pretende desarrollar: cotas, superficies, uso de las distintas dependencias, mobiliario, instalaciones, ventilación, elementos de protección contra incendios, movilidad, etc.
  • Certificado de compatibilidad urbanística o justificante de la solicitud del mismo.
  • Resumen no técnico de la documentación presentada para facilitar su comprensión.
  • Certificación técnica acreditativa de que las instalaciones y la actividad cumplen las condiciones técnicas y ambientales exigibles para el inicio de la actividad.
    • En caso de no estar visada deberá de aportar firmado el Modelo de Declaración del Técnico Redactor del Proyecto que podrá descargar en el apartado DOCUMENTACIÓN.
    • Alternativamente: A los efectos previstos en el artículo 9.6 de la Ley 14/2010, certificado expedido por empresa que disponga de la calificación de Organismo de Certificación Administrativa (OCA), por el que se acredite el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la normativa en vigor.
  • En caso de que la actividad se desarrolle en una edificación de nueva construcción, impreso de alta de la misma en contribución urbana o tributo que lo sustituya.
  • Estudio de Impacto Ambiental, cuando la actividad esté sometida a evaluación de impacto ambiental.
  • Documentación necesaria para la emisión de informe de la Generalitat sobre Patrimonio Cultural Valenciano, en su caso.
  • Programas de mantenimiento, cuando proceda.

 

En el caso de tramitación presencial:

  • Modelo de solicitud de licencia de apertura de actividad mediante declaración responsable (únicamente para tramitación presencial)
    • El Modelo de Solicitud de Licencia de Apertura de Actividad mediante Declaración Responsable para tramitación presencial podrá descargarlo en el apartado DOCUMENTACIÓN.

 

En el caso de actuar por medio de representante:

  • Documentación acreditativa de la representación
    • Debe acreditar la representación mediante cualquier medio válido en Derecho que permita dejar constancia fidedigna de su existencia (poderes notariales, escrituras de las empresas en las que se determine el sujeto que la ostenta, certificado de un registro público, apoderamiento apud acta, etc.) 
    • En caso de ser persona física y  no poder acreditar la representación por estos medios debe cumplimentar el Modelo de Representación debidamente firmado acompañado de la documentación que se indica en el mismo. Puede descargarlo en el apartado PLANTILLAS DE DOCUMENTOS A PRESENTAR.

Resolución

  • Órgano que resuelve: 
    • Alcaldía

Observaciones

  • Si transcurrido 1 mes desde la presentación de la declaración responsable de apertura no se ha efectuado visita de comprobación al establecimiento por los servicios técnicos municipales para acreditar la adecuación de éste y de la actividad al proyecto presentado levantándose acta de conformidad, el titular, bajo su exclusiva responsabilidad, podrá abrir el establecimiento, previa comunicación por escrito al Ayuntamiento.
  • En el caso de establecimientos públicos, si se presenta certificado de un Organismo de Certificación Administrativa (OCA), por el que se acredite el cumplimiento de todos los requisitos técnicos y administrativos exigidos por la normativa en vigor, la apertura del establecimiento podrá realizarse de forma inmediata.
  • De conformidad con lo previsto en el artículo 69.4, de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable, la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, o la comunicación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hecho, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Normativa

Información de contacto

OAC - OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA

  • Dirección: Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia)
  • Tlf: 962758030

DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES

  • Dirección: C/ Puríssima, 12, 1ª planta - 46183 l'Eliana (Valencia)
  • e-mail: activitats@leliana.es
  • Tlf: 962758030 – ext. 127, 319 y 320

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE L'ELIANA - P4611800F
Plaça del País Valencià, 5
46183 l'Eliana (Valencia)
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