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UR-Solicitud Licencia de Obra Mayor

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UR-Solicitud Licencia de Obra Mayor

Licencias para que un promotor o particular puedan realizar obras de construcción de nueva planta, ampliación o instalaciones que exijan presentación de proyectos o dirección facultativa.

Se considera obra mayor, a los efectos de presentación de este tipo de solicitud, las construcciones de obra nueva o instalaciones, o cuando suponga ampliación de la superficie construida.

Formas de presentación

  • SEDE ELECTRÓNICA
    • Si dispone de certificado digital
      • Puede identificarse en esta sede electrónica y registrar su solicitud pulsando el botón Nueva Instancia.
      • Una vez registrada debe firmar su solicitud con su certificado digital.
    • Si no dispone de certificado digital
      • Puede identificarse en esta sede electrónica y registrar su solicitud pulsando el botón Nueva Instancia, pero no podrá firmarla digitalmente.
      • Una vez registrada deberá firmar su solicitud presencialmente en la OAC (Oficina de Atención Ciudadana) - Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia), en un plazo máximo de 10 días. 
      • Para ello, deberá aportar únicamente su documento de identidad e indicar el número de registro de entrada que desea firmar. No es necesario que la imprima. 
    • Recuerde que si es un sujeto obligado, según lo que establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tiene la obligación de hacer uso de medios telemáticos y, por tanto, no se admitirá su solicitud de manera presencial.
  • PRESENCIALMENTE
    • Puede registrar su solicitud en:
      • OAC (Oficina de Atención Ciudadana) - Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia)
      • Cualquier otro de los previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación a aportar

Con carácter general:

  • Solicitud de licencia de Obra Mayor (se cumplimenta mediante este trámite) indicando: descripción de la obra, emplazamiento, referencia catastral, …
  • Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante (si no se acredita mediante el certificado digital):
    • Sociedades: copia de la escritura de constitución de la misma, y acreditación de la representación de quien firma la solicitud.
    • Personas físicas que actúen en nombre y representación: acreditación de la representación de quien firma la solicitud.
    • Comunidad de bienes: copia del contrato constitutivo de dicha comunidad, suscribiendo la instancia la totalidad de la comunidad o quienes ostenten la representación de esta, siempre que acredite dicha representación.
  • Proyecto Básico y de Ejecución suscrito por facultativo competente, en soporte informático
    • En caso de presentarse solo Proyecto Básico, deberá presentarse el Proyecto de Ejecución, visado por el correspondiente Colegio Oficial para el inicio de las obras, una vez concedida la licencia.
  • Estudio de Seguridad y Salud
  • Ficha urbanística suscrita por el Técnico autor del proyecto y el promotor, debidamente visada
  • Cuestionario de Estadística de Edificación y Vivienda debidamente cumplimentado
  • Justificante del nombramiento de aparejador, visado por el Colegio profesional correspondiente
  • Estudio de gestión de los residuos de construcción y demolición conforme a las previsiones del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición
  • Compromiso de reposición de los servicios públicos que pudieran resultar afectados durante la   ejecución de la obra, si la solicitud no la suscribe el promotor, en nombre propio y no se acredita la representación
  • Escritura de la propiedad
  • Justificante del Ingreso de la Autoliquidación que exige la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Licencia de Obras (TLO)
    • 1,5% del coste de ejecución material de la obra.
    • Puede acceder a la autoliquidación desde este enlace: TLO
  • Justificante del Ingreso de la Autoliquidación que exige la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)
    • 2,95% del coste de ejecución material de la obra, según presupuesto visado, o coste estimado del proyecto.
    • Puede acceder a la autoliquidación desde este enlace: ICIO
    • De acuerdo con la Ordenanza Fiscal Reguladora, gozaran de una bonificación del 95% en la cuota del ICIO:
      • Las construcciones, obras o instalaciones en las que se incorporen sistemas  para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
      • Será imprescindible la presentación de la documentación justificativa de que  los elementos  de la instalación a ejecutar,  disponen de la correspondiente homologación.
      • Esta bonificación se aplicará exclusivamente sobre la parte del presupuesto de las obras que corresponda a las instalaciones del sistema de aprovechamiento térmico de energía solar, quedando el resto del presupuesto íntegramente gravado sin bonificación por esta circunstancia.

En el caso de NO ESTAR EXENTO por Resolución de Agencia Estatal de Seguridad Aérea - AESA

  • Se debe tramitar en la "Sede Electrónica-Servidumbres Aeronáuticas" de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) la PRE-SOLICITUD de autorización en materia de servidumbres aeronáuticas, rellenando todos los campos necesarios y aportando la documentación exigible (planos en formato PDF), en el siguiente enlace: https://sede.seguridadaerea.gob.es/SSAACiudadano/
  • Se debe aportar a este trámite:
    • Justificante de PRE-SOLICITUD de autorización en materia de servidumbres aeronáuticas ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
    • Planos que acompañaron a la PRE-SOLICITUD presentada ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

En el caso que fuera necesaria la realización de trabajos de demolición, además se debe aportar:

  • Proyecto de demolición.
  • Seguro de responsabilidad civil de la empresa que realizará las obras de demolición:
    • Póliza completa.
    • Recibo acreditativo del pago.

En el caso en que, al tratarse de suelo urbano consolidado por la urbanización, excluidos de ámbitos de gestión conjunta, fuese preciso ejecutar alguna obra de urbanización que dote a la parcela de la condición de solar, además se debe aportar:

  • Anexo de obras de urbanización.
  • Afianzamiento íntegro del coste de las obras de urbanización necesarias.
  • Compromiso de no utilizar la edificación hasta la conclusión de las obras de urbanización, debiendo incluir tal condición en las transmisiones de propiedad o uso del inmueble.
  • Borrador de escritura pública de cesión de terrenos dotacionales colindantes que den la condición de solar a la parcela.

En el caso de instalación de soportes publicitarios, además se debe aportar:

  • Documentación justificativa de la titularidad del suelo o de su autorización de uso por parte de los propietarios.

En el caso que fuera necesaria la instalación de grúa, además se debe aportar:

  • Plano de emplazamiento.
  • Plano de planta señalando el radio de giro.
  • Certificación de la casa instaladora suscrita por técnico competente que acredite del perfecto estado de los elementos de la grúa a montar y de asumir su instalación y dejarla en perfectas condiciones de funcionamiento.
  • Documento visado por el correspondiente Colegio Oficial y expedido por el técnico competente acreditativo del compromiso de asumir la supervisión, control del buen funcionamiento y de la seguridad de la grúa durante su estancia en la obra.
  • Póliza de seguros de cobertura de la responsabilidad civil ilimitada que pueda producir el funcionamiento de la grúa y de su estancia en la obra.

En el caso que fuera necesaria la instalación de andamios, además se debe aportar:

  • Plano de planta viaria que se proyecta con la instalación, con acotamiento de la acera y calzada, con indicación del edificio sobre el que se actúa.
  • Planos de alzada y sección, que defina claramente las afecciones a la vía pública, medidas de seguridad aplicadas, itinerario peatonal protegido, señalización en general y del obstáculo en calzada si lo hubiere, etc...
  • Memoria descriptiva o informe técnico de la instalación: sistema de montaje y fijación, anclajes, posibles afecciones sobre el pavimento o construcciones por debajo de la línea de rasante si las hubiera, mobiliario urbano, paradas de transporte públicos, jardinería.  Así mismo constará el compromiso del director técnico de la obra de asumir la supervisión de la instalación durante el uso de esta.
  • Certificado de que se ajusta a los Reglamentos de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Ordenanza laboral de la Construcción y demás normas de obligado cumplimiento.
  • Licencia de obras, cuando no se hubiese solicitado conjuntamente, o acto administrativo que motive la instalación.

En el caso de tramitación presencial:

  • Modelo de Solicitud (únicamente para tramitación presencial)
    • El modelo de solicitud para tramitación presencial podrá descargarlo en el apartado DOCUMENTACIÓN.

En el caso de actuar por medio de representante:

  • Documentación acreditativa de la representación
    • Debe acreditar la representación mediante cualquier medio válido en Derecho que permita dejar constancia fidedigna de su existencia (poderes notariales, escrituras de las empresas en las que se determine el sujeto que la ostenta, certificado de un registro público, apoderamiento apud acta, etc.) 
    • En caso de ser persona física y  no poder acreditar la representación por estos medios debe cumplimentar el Modelo de Representación debidamente firmado acompañado de la documentación que se indica en el mismo. Puede descargarlo en el apartado PLANTILLAS DE DOCUMENTOS A PRESENTAR.

Observaciones

  • Ni la presentación de la solicitud de licencia, ni el pago de la Tasa por Licencia de Obras (TLO) o del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) autorizan el inicio de la obra antes de la concesión de la licencia de obra.
  • Además de los documentos reseñados, podrá requerirse cualquier otro cuando se juzgue necesario por los servicios técnicos en atención a las circunstancias concurrentes o por determinarse en disposiciones legales de aplicación.

REsolución

  • Órgano que resuelve: 
    • Junta de Gobierno Local
  • Plazo resolución: 
    • 2 meses
  • Silencio: 
    • Negativo. Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta por parte de la administración la solicitud se debe entender desestimada.

Normativa

Información de contacto

OAC - OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA

  • Dirección: Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia)
  • Tlf: 962758030

DEPARTAMENTO DE URBANISMO

  • Dirección: C/ Puríssima, 12, 1ª planta - 46183 l'Eliana (Valencia)
  • e-mail: urbanismo@leliana.es
  • Tlf: 962758030 – ext. 320

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE L'ELIANA - P4611800F
Plaça del País Valencià, 5
46183 l'Eliana (Valencia)
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