El objeto de esta licencia es comprobar que la segregación y/o agrupación que se pretende realizar de los terrenos se ajusta a la legislación urbanística y a los instrumentos de planeamientos aplicables.
Salvo en los supuestos legales que no sea necesaria la licencia, toda parcelación estará sujeta a la previa obtención de esta licencia.
Con carácter general:
En el caso de afectación por cargas de la/s finca/s actual/es:
En el caso de tramitación presencial:
En el caso de actuar por medio de representante:
OAC - OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA
DEPARTAMENTO DE URBANISMO