Mediante el presente trámite, pueden solicitar la SUBVENCIÓN PARA LA ESCOLARIZACIÓN DE MENORES DE 0 A 2 AÑOS 2024
Se puede encontrar toda la información adicional en las Bases de la Convocatoria del apartado documentación de este trámite.
Desde el día 2 al 27 de septiembre de 2024, ambos incluidos.
Podrán adquirir la condición de persona beneficiaria, aquellas solicitudes que reúnan los requisitos que a continuación, se detallan, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y que se acrediten documentalmente:
A nivel de renta número 1, las rentas más bajas le corresponderá el 100% de la ayuda, mientras que los siguientes tramos de renta recibirán un 75%, un 50%, un 25% de la ayuda total, siendo el último de 0%. Así pues, la determinación de la cuantía de cada ayuda vendrá determinada por los conceptos y los meses para los que se solicita la misma, según cada caso, tras el análisis de las solicitudes y aplicación de los criterios de renta previstos a continuación:
CÁLCULO RENTA PER CÁPITA
(EJERCICIO 2022)
R.P.C. =
(B.I.G. + B.I.A.) / CF
1
Ingresos familiares inferiores a 34.741,20 €
(5 veces IPREM por 12 pagas 2022)
100%
2
75%
3
50%
4
25%
5
0%
Siendo:
R.P.C. = Renta Per Cápita 2022.
B.I.G. = Base Imponible General (casilla 389 o equivalente).
B.I.A. = Base Imponible del Ahorro (casilla 405 o equivalente).
C. F. = Correctores Familiares. (3 miembros /1; >3- 5 miembros /1,2; >5 miembros /1,5).
En los supuestos en los que el alumnado beneficiario se encuentre en situación de acogimiento o jurídicamente análoga, será de aplicación a la familia de acogida o, en su caso a quien tenga al menor a su cargo, lo dispuesto en los puntos anteriores.
Con carácter general:
TODOS LOS ANEXOS DEBEN DE IR DEBIDAMENTE FIRMADOS.
En el caso de actuar por medio de representante:
Para todos los extremos no previstos en las bases reguladoras (apartado documentación) será de aplicación:
DEPARTAMENTO DE SUBVENCIONES