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GT-TGR (Basuras) Solicitud de reducción tasa

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GT-TGR (Basuras) Solicitud de reducción tasa

Desde el día 10/12/2024 hasta el día 17/02/2025

TGR Reducción

Será de aplicación la reducción en la cuota tributaria de la tasa en función de las rentas percibidas por la unidad de convivencia que resida en el inmueble objeto de tributación según detalle:

Renta de la unidad de convivencia Reducción en la cuota
Renta < 75% SMI100%
75% SMI ≤ Renta < 90 % SMI75%
90% SMI ≤ Renta ≤ 100 % SMI50%

La presente reducción tendrá carácter rogado, por lo que habrá de ser objeto de solicitud y acreditar el cumplimiento de los requisitos que a continuación se detallan:

  • Que el sumatorio de las rentas obtenidas por la unidad de convivencia se encuentren dentro de los rangos especificados en la tabla anterior. Se entenderá por unidad de convivencia a los efectos de la presente ordenanza al conjunto de personas empadronadas en el inmueble objeto de tributación, independientemente de su vínculo familiar. Las rentas serán computadas en su importe íntegro.
  • La presente reducción será de aplicación a los inmuebles de cuya unidad de convivencia forme parte el titular del mismo, así como aquellos cuya ocupación lo sea en régimen de arrendamiento, siempre que en este último caso se encuentre contemplado en el contrato de arrendamiento la repercusión del arrendador en el arrendatario de la presente tasa o su asunción a cargo del arrendatario.
  • La solicitud para la aplicación de la reducción habrá de ser formulada durante los meses de octubre a diciembre de cada ejercicio y tendrá efectividad en el caso de cumplir los requisitos para su obtención exclusivamente en el ejercicio siguiente al de su solicitud. Serán objeto de inadmisión las solicitudes presentadas fuera de plazo.
  • La solicitud podrá ser formulada por los propietarios de los inmuebles o por los arrendatarios del mismo en el caso de reunir los requisitos a que hace referencia el punto 2. 
     

Formas de presentación

  • SEDE ELECTRÓNICA
    • Si disponen de certificado digital
      • Pueden identificarse en esta sede electrónica y registrar su solicitud pulsando el botón Nueva Instancia y añadir a todos los interesados de la unidad de convivencia. En caso de que alguno de los miembros de la unidad de convivencia carezcan de certificado digital deberá firmar su solicitud presencialmente en la OAC (Oficina de Atención Ciudadana) - Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia), en un plazo máximo de 10 días. 
      • Una vez registrada deben firmar su solicitud con sus certificados digitales.
    • Para el caso de no disponer de certificado digital
      • Puede identificarse en esta sede electrónica y registrar su solicitud pulsando el botón Nueva Instancia, pero no podrá firmarla digitalmente.
      • Una vez registrada deberá firmar su solicitud presencialmente en la OAC (Oficina de Atención Ciudadana) - Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia), en un plazo máximo de 10 días. 
      • Para ello, deberá aportar únicamente su documento de identidad e indicar el número de registro de entrada que desea firmar. No es necesario que la imprima. 
        Recuerde que si es un sujeto obligado, según lo que establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tiene la obligación de hacer uso de medios telemáticos y, por tanto, no se admitirá su solicitud de manera presencial.
  • PRESENCIALMENTE
    • Puede registrar su solicitud junto a la autorización de los miembros de la unidad de convivencia en:
      • OAC (Oficina de Atención Ciudadana) - Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia)
        Cualquier otro de los previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Plazo Presentación El comprendido entre los meses de noviembre y diciembre de cada año.

DocumentacióN a aportar

A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

  1. *Certificado Tributario de IRPF o la Declaración del IRPF correspondientes al ejercicio en que se presenta la solicitud, de los miembros de la unidad de convivencia.
  2. *Certificado de empadronamiento colectivo correspondiente al inmueble objeto de solicitud de reducción.
  3. *Contrato de arrendamiento en el caso de solicitud por el arrendatario.
  4. *No será precisa la aportación de la documentación a que se refieren los puntos 1 y 2 anteriores, si a la solicitud se acompaña autorización de todos los miembros de la unidad de convivencia a consultar dicha información de otras administraciones que tengan habilitada la consulta telemática por éste
    Ayuntamiento y del padrón municipal de habitantes. La negativa a la consulta con otras administraciones se ejercerá al cumplimentar los datos del interesado marcando la opción de OPOSICIÓN A INTEROPERABILIDAD ENTRE ADMINISTRACIONES. Caso de no autorizarse la consulta por alguno de los miembros de la unidad de convivencia procederá la aportación de la documentación requerida que no es objeto de autorización junto a la solicitud. 

REsolucióN

  • Órgano que resuelve
    • Alcaldía
  • Plazo resolución
    • 6 meses
  • Silencio
    • Negativo
      • Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta de la administración la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante.

Normativa

ObservacionEs Y PREGUNTAS FRECUENTES

Observaciones

  • La reducción se concede a petición de la persona interesada. Surtirá efectos sólo para el periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite.
  • Se deberá tramitar cada nuevo ejercicio si procede, al objeto de constatar la existencia de las condiciones requeridas.

Preguntas

  • ¿Se debe tramitar la solicitud de reducción en la tasa cada nuevo ejercicio, o una vez concedida la misma tiene carácter permanente?
    • La solicitud se debe tramitar cada nuevo ejercicio, si se considera que se reúnen los requisitos para su concesión, aportando la documentación correspondiente.

Información de contacto

OAC - OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA

  • Dirección: Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia)
  • Tlf: 962758030

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE L'ELIANA - P4611800F
Plaça del País Valencià, 5
46183 l'Eliana (Valencia)
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