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GE-Reclamación Responsabilidad Patrimonial

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GE-Reclamación Responsabilidad Patrimonial

OBJETO

Solicitar indemnización por cualquier lesión que los particulares sufran en sus bienes y/o derechos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos municipales, siempre que se dan los requisitos exigidos por la legislación aplicable sobre este tema.


En general, el derecho a reclamar prescribe en el año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su
efecto lesivo.


En el caso de daños de carácter físico o psíquico, el derecho a reclamar prescribe en el año de la curación o la determinación del alcance de las secuelas.


En los casos en que proceda reconocer derecho a indemnización por anulación en vía administrativa o contencioso-administrativa de un acto o disposición de carácter general, el derecho a reclamar prescribirá en el año de haberse notificado la resolución administrativa o la sentencia definitiva.

 

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

  • - Cualquier persona física o jurídica que sufra una lesión en sus bienes y/o derechos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos municipales.

 

FORMAS DE PRESENTACIÓN

SEDE ELECTRÓNICA

  • Si dispone de certificado digital
    • - Puede identificarse en esta sede electrónica y registrar su solicitud pulsando el botón Nueva Instancia
    • - Una vez registrada debe firmar su solicitud con su certificado digital.
  • Si no dispone de certificado digital
    • - Puede identificarse en esta sede electrónica y registrar su solicitud pulsando el botón Nueva Instancia, pero no podrá firmarla digitalmente.
    • - Una vez registrada deberá firmar su solicitud presencialmente en la OAC (Oficina de Atención Ciudadana) - Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia), en un plazo máximo de 10 días
    • - Para ello, deberá aportar únicamente su documento de identidad e indicar el número de registro de entrada que desea firmar. No es necesario que la imprima. 

 

PRESENCIALMENTE

  • - Puede registrar su solicitud en:
    • - OAC (Oficina de Atención Ciudadana) - Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia)
    • - Cualquier otro de los previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • - Solamente podrán presentar el trámite de manera presencial, las personas físicas.

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Con carácter general:

  1. 1. Formulario normalizado de solicitud, a cumplimentar durante el proceso de solicitud. En caso de presentar la solicitud presencialmente, puede descargarse el modelo en el apartado "Plantillas de documentos a presentar"
  2. 2. Fotocopia del DNI o documento oficial que le identifique.
  3. 3. Prueba documental de los daños (informes periciales, reportaje fotográfico, atestado o partes médicos que justifiquen las lesiones o daños sufridos, parte de alta/baja médica, etc.
  4. 4. Acreditación de titularidad del bien dañado (vehículo, vivienda, nicho, etc).   
  5. 5. Persona/s testigo/s de los hechos (DNI, domicilio, municipio, provincia, y teléfono).
  6. 6. Factura, presupuesto de la reparación debidamente detallada o cualquier otro documento que justifique el importe de la indemnización solicitada, informe pericial de valoración, etc.
  7. 7. Para el caso de accidentes o daños con vehículos se deberá aportar además:
    1. copia del DNI propietario y/o del conductor en caso de ser personas distintas
    2. copia del carnet de conducir
    3. permiso circulación
    4. ITV en vigor
    5. póliza de seguro obligatoria en vigor 
    6. parte del siniestro al seguro del vehículo en el caso de que se haya presentado.
  8. 8. Otros documentos e informaciones que se estimen oportunos en defensa del derecho de la persona reclamante.

 

En el caso de actuar por medio de representante:

Documentación acreditativa de la representación:

  • - Debe acreditar la representación mediante cualquier medio válido en Derecho que permita dejar constancia fidedigna de su existencia (poderes notariales, escrituras de las empresas en las que se determine el sujeto que la ostenta, certificado de un registro público, apoderamiento apud acta, etc.) 
  • - En caso de ser persona física y  no poder acreditar la representación por estos medios debe cumplimentar el Modelo de Representación debidamente firmado acompañado de la documentación que se indica en el mismo. 

 

RESOLUCIÓN

  • Órgano que resuelve: 
    • - Alcaldía
  • Plazo resolución: 
    • - hasta 6 meses
  • Silencio: 
    • - Desestimativo

 

NORMATIVA

 

 INFORMACIÓN DE CONTACTO

DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA. RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

  • - Dirección: Plaza País Valenciá 3, 46183 l´Eliana (Valencia)
  • - e-mail: gdiaz@leliana.es
  • - Tlf: 962758030 – ext. 208

 

OAC - OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA

  • - Dirección: Plaza País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia)
  • - Tlf: 962758030 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE L'ELIANA - P4611800F
Plaça del País Valencià, 5
46183 l'Eliana (Valencia)
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