Subvenciones para los espectáculos pirotécnicos y monumentos falleros mayores e infantiles construidos con motivo de la festividad Fallas ejercicio 2026, para contribuir al mantenimiento y promoción de la fiesta y de las actividades culturales y artísticas vinculadas a la cultura popular y tradicional valenciana, símbolo por excelencia del patrimonio festivo valenciano, favoreciendo a la conservación, difusión, dinamización y expresión de su celebración.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Cuándo solicitarlo?
SEDE ELECTRÓNICA
Con carácter general:
Recuerde que si es un sujeto obligado, según lo que establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tiene la obligación de hacer uso de medios telemáticos y, por tanto, no se admitirá su solicitud de manera presencial.
En el caso de actuar por medio de representante:
Debe acreditar la representación mediante cualquier medio válido en Derecho que permita dejar constancia fidedigna de su existencia (poderes notariales, escrituras de las empresas en las que se determine el sujeto que la ostenta, certificado de un registro público, apoderamiento apud acta, etc.)