Este procedimiento tiene por objeto dar cumplimiento a la obligación legal del titular de un vehículo, del arrendatario a largo plazo o del conductor habitual, de identificar de forma veraz al conductor responsable de una infracción de tráfico cuando esta no haya sido notificada en el acto.
La persona titular del vehículo con el que se ha cometido la infracción y que haya recibido el requerimiento por parte del Ayuntamiento o cualquier persona autorizada en su nombre.
El plazo para identificar al conductor es de veinte (20) días naturales, contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la denuncia.⚠️ Nota importante: La identificación realizada fuera de este plazo se considerará extemporánea y podrá dar lugar al inicio del procedimiento sancionador por falta de identificación.
⚠️ PERSONAS JURÍDICAS Y ENTIDADES SIN PERSONALIDAD JURÍDICA: Están obligadas a relacionarse con la Administración exclusivamente a través de medios electrónicos. Deberán realizar el trámite en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento mediante certificado digital o sistema de firma electrónica admitido.
👥 PERSONAS FÍSICAS:
💻 SEDE ELECTRÓNICA
🏢 PRESENCIALMENTE
Para que la identificación sea válida y eficaz, se deberá cumplimentar el formulario al iniciar una instancia de este trámite donde se detallarán:
⚠️ IMPORTANTE:
📄 En el caso de actuar por medio de representante:
Documentación acreditativa de la representación:
Una vez se haya identificado de forma veraz y completa al conductor responsable de la infracción, se dirigirá el procedimiento sancionador directamente contra la persona identificada. Este acto implica el archivo de las actuaciones iniciadas contra el titular.⚠️ Consecuencias del incumplimiento:
VIALINE - PLATAFORMA DE IDENTIFICACIÓN DE CONDUCTORES